1. COORDINACIÓN ZONAL 3
COORDINACIÓN EDUCATIVA
EDUCACIÓN PARA LA DEMOCRACIA Y EL BUEN VIVIR
ACUERDO MINISTERIAL N° 0444-12
19 de Octubre de 2012.
2. PROGRAMA DE PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL:
Art. 1.- Obligatoriedad.- Los estudiantes
matriculados en el primer curso de bachillerato
de las instituciones educativas públicas,
fiscomisionales y particulares, en todas las
modalidades del Sistema Nacional de Educación,
a partir de los períodos escolares 2012 – 2013,
en régimen Sierra, y 2013 – 2014, en régimen
Costa, deben cumplir con las doscientas horas
(200) de Participación Estudiantil, divididas en
ciento veinte (120) en el primer curso de
bachillerato, y ochenta (80) horas en el segundo
curso de Bachillerato, en las opciones
contempladas en el artículo 202 del Reglamento
General a la Ley Orgánica de Educación
Intercultural.
3. Art. 4.- Selección de opciones.- Las opciones del
Programa de Participación Estudiantil serán
seleccionadas por la institución educativa de
conformidad con el levantamiento de
necesidades locales realizadas en los Circuitos
Educativos; …..
Art. 5.- Carga Horaria.- Las actividades del
Programa de Participación Estudiantil se
deben desarrollar en cuatro (4) horas de
sesenta (60) minutos por semana, conforme al
horario que la institución educativa establezca
para este fin.
4. Art. 7.- Coordinación.- La Máxima autoridad de la
institución educativa debe designar un docente
coordinador institucional del Programa de
Participación Estudiantil, quien tendrá las
funciones de planificación, orientación,
asesoramiento y acompañamiento a los
docentes responsables de las actividades de las
opciones de participación seleccionadas. Por
cada 50 estudiantes participantes se deberá
asignar a un coordinador en las opciones
previstas en este acuerdo y se le asignará para
efectos de tal función un máximo de 10 horas
clase dedicadas a las tareas de participación
estudiantil por semana dentro de su carga total
asignada que podría ser organizada de lunes a
sábado.
5. Art. 8.- Responsabilidad.- La máxima autoridad de
la institución educativa, el coordinador
institucional y los docentes a cargo de las
actividades, son responsables de velar por la
integridad física, psicológica y sexual de los
estudiantes que intervengan en el Programa de
Participación Estudiantil.
Art. 10.- Rectoría.- El Ministerio de Educación en
los diferentes niveles desconcentrados, zonal,
distrital y circuital garantizará que las
instituciones gubernamentales que desarrollan
actividades relacionadas con la participación
estudiantil, son instancias de asesoría técnico –
operativa para fortalecer la implementación de
las diferentes opciones del Programa.
6. DISPOSICIÓN TRANSITORIA:
Primera.- Los estudiantes matriculados en el segundo y el
tercer cursos de bachillerato en las instituciones educativas
públicas, fiscomisionales y particulares, en todas las
modalidades del Sistema Nacional de Educación, en los
períodos escolares 2012 – 2013, en régimen Sierra, y 2013
– 2014, en régimen Costa; por esta única vez deben haber
aprobado ciento veinte (120) horas de participación
estudiantil, como requisito para la obtención del título de
bachiller.
7. INSTRUCTIVO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE
PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL EN EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
Noviembre de 2012
4.2.3.- literales c) y d).-
c. Las autoridades institucionales destinarán 10 horas semanales para
el Coordinador Institucional del Programa de Participación
estudiantil, realice la planificación, organización, dirección y control
correspondiente. (Art.7 – Acuerdo Ministerial N° 0444-12).
d. Las autoridades institucionales destinarán 10 horas para los
docentes que serán responsables de las opciones de participación
estudiantil, distribuidas de la siguiente manera:
1. Actividades con los estudiantes destinadas a la planificación y
revisión de bitácoras; 6 horas.
2. Actividades con los estudiantes destinadas a la ejecución de la
opción; 4 horas.
8. 4.2.4.- literales: a) y f).-
a. Organizar a los estudiantes en grupos en concordancia con las
necesidades detectadas y definidas por el Consejo Académico
Intercultural y/o Bilingüe del Circuito.
f. Garantizar la seguridad e integridad de los y las estudiantes en
todas las actividades programadas en las opciones de Participación
Estudiantil, conjuntamente con el docente responsable (Art. 8,
Acuerdo ministerial N° 0444-12).
4.2.6.- a), b), d) y e).-
a. Elegir la opción de participación estudiantil acorde a sus intereses
y a las necesidades detectadas y definidas por el Consejo
Académico Intercultural y/o Bilingüe del circuito.
b. Cumplir con las doscientas (200) horas de actividades del
Programa de Participación Estudiantil en la opción elegida.
d. Registrar las actividades y aprendizajes en un portafolio o bitácora
semanalmente.
9. e. Asistir puntualmente a las actividades previstas en la participación
estudiantil en los horarios que la institución haya establecido para
este efecto.
5. LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA ……
1. Los estudiantes del primer año de bachillerato de instituciones
públicas, fiscomisionales y particulares en todas las modalidades
pondrán énfasis en que su plan de acción se desarrolle en la
institución educativa con: sus pares de educación general básica,
con padres, madres y/o representantes legales de la institución
educativa.
2. Los estudiantes de segundo año de bachillerato con la
experiencia adquirida en la ciento veinte horas (120) del año lectivo
anterior, pondrán énfasis en que su plan de acción y servicio se
desarrolle directamente en la comunidad circundante a la
institución educativa.
10. 7. De la evaluación.-
La asistencia de los estudiantes a las actividades del Programa de
Participación Estudiantil es obligatoria, conforme lo establecen los
artículos N° 168, 169 y 170 del Reglamento a la LOEI.
Los estudiantes del Programa de Participación Estudiantil, cuyas
inasistencias injustificadas excedieren del 10% del total de las horas
establecidas para 1ero. y 2do., de bachillerato no aprobarán la
opción elegida.
Para la aprobación de las actividades de Participación Estudiantil
obligatorias, se requiere de una calificación mínima de siete sobre
diez (7/10).
11. Cronograma de ejecución:
ACTIVIDADES
PASOS
PRIMERO DE
BACHILLERATO
N° DE HORAS
SEGUNDO DE
BACHILLERATO
N° DE HORAS
Socialización 8 8
Planificación 12 12
Ejecución 92 52
Seguimiento y evaluación 8 8
Total 120 80
12. • El Rector/a será responsable de:
- Legalizar la nómina de inscripción y aprobación
de los y las estudiantes del PPE.
- Remitir la nómina de estudiantes que aprobaron
las 200 horas del Programa de Participación
Estudiantil a la División Distrital de Atención
Ciudadana para su registro y legalización.
- Emitir en casos especiales la certificación
correspondiente al/la estudiante por cambio de
institución.
REGISTRO DE NOTAS
13. REGISTRO DE NOTAS
• PROPÓSITO:
Establecer los requisitos que el estudiante debe cumplir para el Registro,
número de horas reglamentaria programa de participación estudiantil.
ENTRADAS:
Los documentos necesarios para el cumplimiento de este procedimiento son:
• Formato dirigido al Director Distrital
• Nómina de estudiantes por año de Bachillerato en digital y físico, por
duplicado
• Oficio indicando campo de acción
• Ficha de inscripción
Responsable del Proceso: Analista Distrital de Atención Ciudadana
Marco Legal: Acuerdo 444-12 y Art. 202 del Reglamento General a la LOEI
14. LINEAMIENTOS DEL PROCESO
• El proceso de Registro de Participación Estudiantil requiere
considerar los siguientes puntos dentro de su proceso:
15. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
Responsabilidad del Analista Distrital de Atención
Ciudadana:
• Solicitar y recibir todos los requisitos necesarios para
poder efectuar el Registro de Participación Estudiantil
• Entregar la respuesta a la Institución Educativa, una vez
concluido el trámite
• Responsabilidad de la Unidad Distrital de Atención
Ciudadana:
• Verificar el cumplimiento del procedimiento e
instructivo de Registro de Participación Estudiantil
16. ACUERDOS Y COMPROMISOS
ACUERDOS COMPROMISOS
No alterar la matriz y remitir a la
Coordinación Zonal debidamente
sistematizada.
Revisar que las notas vengan legalizadas
desde la Institución Educativa.
Enviar el comunicado a las Instituciones
Educativas, asegurarse que la información
llego a tiempo.
Remitir la información a la Coordinación
Zonal (SISTEMATIZADA).